MIAQ
Definición:
Un conflicto
es el choque entre dos o más posturas diferentes dentro de una persona (contradicción
interna de motivos, deseos, afanes y valores éticos) o entre varias personas o entre
grupos, estados y otras comunidades.
Manejo del conflicto:
El manejo de
un conflicto comprende el procesamiento de la información la solución y
losresultados de escuchar, responder y resolver las quejas de la comunidad y
otros actoresdentro de un plazo razonable de tiempo. En el caso del proyecto Guatecarbon, se
usaran estrategias asociativas trata de inducir a las partes en posible
conflicto a que se acerquen, que comprendan las pretensiones del otro y que
lleguen a compromisos.
Procedimiento:
El proyecto Guatecarbon pertenece
a las comunidades y al gobierno de Guatemala y las actividades que se proponen
no deberían de generar ningún conflicto entre
las comunidades, y el gobierno, sin embargo en caso de que alguna de las
actividades o actores del proyecto Guatecarbon genere conflicto con las
comunidades o parte de ellas. Las mismas
tendrán la oportunidad de resolverlo atendiendo el siguiente protocolo de
resolución de conflictos.
Paso 1.
De detectarse algún conflicto o
queja los comunitarios podrán iniciar un proceso de omunicación con la gerencia
del proyecto que está abierta y dispuesta a escuchar, responder y resolver
cualquier conflicto o queja intermediando, el contacto principal es el señor
Sergio Guzmán.
3ra avenida y 4 calle zona 2
Santa Elena, Flores Peten
TELÉFONOS: (502) 7926-3571 Y 2
Sergio Alejandro Guzmán
Barrios
Gerente del proyecto Guatecarbon
En el manejo de cualquier
conflicto la gerencia actuara
escuchando, respondiendo y resolviendo quejas de la comunidad de la siguiente
manera:
1. Recepción: La gerencia recibirá a cualquier persona
interesada y se escuchara su queja, los interesados pueden hacerlo también por
medio de correo electrónico, en ambos casos recibirán una notificación de
recepción.
2. Verificación y aceptación; El
gerente del proyecto decidirá si la queja es considerada razonable para
resolverse mediante el proyecto o si debe ser remitida a la Procuraduría de los
Derechos Humanos de la Nación (PDH) para resolver.
3. Toma de acciones: Si se decide aceptar la queja, se le informa
al interesado y se le asigna un número de expediente escrito, y la gerencia
deberá empezar a realizar indagaciones y toma de acciones para resolver el
conflicto o queja. Si la queja no es aceptada
el gerente del proyecto le informara a la persona la razón por la cual no fue aceptada
la queja en esta instancia y/o será remitida la Procuraduría de los Derechos
Humanos de la Nación
4. Referencia a PDH: Si se envía la queja a la PDH, esta debe ir
remitida la sede de la PDH en Peten, quienes utilizaran el protocolo para la
resolución del conflicto y se le dará copia del oficio enviado al interesado.
5. Monitoreo: El gerente será el
encargado de realzar acciones y de monitorear la resolución de la queja para
que se dé una respuesta o acción a la queja en el menor tiempo posible.
6. Resolución: El gerente del
proyecto será el encargado de cerrar el protocolo con la resolución de
cualquier conflicto en base a las
actividades de seguimiento del mismo, sea este por conflicto de tierras,
incendios forestales, actividades ilícitas, falta de atención comunitaria,
etc. De la misma manera el gerente es
el encargado de contactar a la persona que emitió la queja para notificar la
resolución del conflicto o el estado del mismo.
De encontrarse conflictos y quejas y
resolución de los mismos, el gerente del proyecto, elaborara un informe, resumiendo las acciones
tomadas para resolver el conflicto, cantidad de quejas recibidas, y proveer
números comparativos con otros periodos donde existieron quejas, además se
deberá reportar cuantas quejas fueron resueltas con el protocolo Además, todos los conflictos o quejas, deberán
ser resueltos en un plazo razonable y la resolución documentada será presentara
a todos los interesados, especialmente a las comunidades locales.
Paso 2.
Esencialmente si algún conflicto
comunitario no puede ser resueltos por el propio proyecto y sus proponentes,
dependiendo de la naturaleza del mismo se utilizara como segunda instancia a la
Procuraduría de los Derechos Humanos de la Nación el Procurador de los Derechos
Humanos y sus adjuntos tienen competencia para intervenir en casos de reclamo o
queja sobre violaciones de Derechos Humanos en todo el territorio
nacional. Tiene como funciones proteger
los derechos individuales, sociales, cívicos, culturales y políticos
comprendidos en el título II de la Constitución Política de la República de
Guatemala, de manera fundamental la vida, la libertad, la justicia, la paz, la
dignidad y la igualdad de la persona humana, así como losndefinidos en tratados
o convenciones internacionales aceptados y ratificados por Guatemala El Procurador y sus adjuntos pueden prevenir y
solicitar a quien corresponda la suspensión y hasta la destitución de los
servidores públicos o funcionarios que con su actuación material, decisión,
acuerdos, resolución o providencias menoscabe, deniegue, obstaculice o de
cualquier forma lesione el disfrute o ejercicio de los derechos, libertades o
garantías a que se refiere el título II de la Constitución sin prejuicio de
iniciar las acciones legales pertinentes.
También, el Procurador puede
iniciar proceso en contra de cualquier persona, funcionario, empleado público,
instituciones públicas o privadas que violenten o atenten contra los derechos
humanos. Para el desempeño de sus funciones, el Procurador podrá solicitar el auxilio
y colaboración de los funcionarios, autoridades o instituciones quienes están
obligados a brindar lo requerido en forma pronta y efectiva. Además, los
tribunales deben darle prioridad a estas diligencias.
En la sede de la Procuraduría de
los Derechos Humanos de la Nación de Peten, específicamente el contacto inicial
para cualquier resolución de conflictos es el procurador auxiliar la señora Mildred
Jeanett Luna Lazo quien coordina con las auxiliaturas de La Libertad y Poptun.
Contacto:
Mildred Jeanett Luna. Lazo Calle
límite entre Santa Elena y San Benito, frente al Colegio Sagrada Familia.
5308-8261 / 7926-3405
Auxiliatura de Peten
En el manejo de cualquier
conflicto la PDH actuara escuchando, respondiendo y resolviendo
quejas de la comunidad de la
siguiente manera:
1. Recepción: Se recibirá a cualquier persona interesada y
se escuchara su queja, los interesados pueden hacerlo también por medio de
correo electrónico, en ambos casos recibirá una notificación de recepción.
2. Verificación y aceptación; el
auxiliar de la PDH decidirá si la queja
es considerada razonable y si debe ser aceptada por la PDH para resolver.
3. Referencia a áreas
internas: Si se decide aceptar la
queja, se le informa al interesado y se le asigna un número de expediente
escrito y se refiere el expediente internamente para el departamento apropiado,
si la queja no es aceptada la PDH le informara a la persona la razón por la
cual no fue aceptada la queja.
4. Monitoreo: El auxiliar de la
PDH será el encargado de monitorear la resolución de la queja en los
departamentos internos y/o persona,
funcionario, empleado público, instituciones públicas o privadas que tengan
injerencia en el conflicto, para que se dé una respuesta o acción a la queja en
el menor tiempo posible.
5. Resolución: El auxiliar de la
PDH será el encargado de cerrar el protocolo con la resolución de cualquier
conflicto en base a las resoluciones de
los diferentes departamentos internos u organizaciones externas y contactar a
la persona que emitió la queja para notificar la resolución del conflicto o el
estado del mismo. De encontrarse conflictos y quejas y resolución de los
mismos, El auxiliar de la PDH, elaborara
un informe, resumiendo las acciones tomadas para resolver el conflicto,
cantidad de quejas recibidas, y proveer números comparativos con otros periodos
donde existieron quejas, además se deberá reportar cuantas quejas fueron
resueltas con el protocolo Además, todos los conflictos o quejas, deberán ser
resueltos en un plazo razonable y la resolución documentada será presentara a
todos los interesados, especialmente a las comunidades locales.
Link: Mecanismo de Información y Atención a Quejas dentro del PRE
Protocolo de manejo y resolución de conflictos del proyecto Guatecarbon dentro...
Proponentes del proyectoSe entiende por proponente del proyecto a la persona u o...
Guatemala cuenta con una extensión territorial de 108,889 kilómetros cuadrados,...
© Guatecarbon 2025. Todos los derechos reservados.